sábado, diciembre 6, 2025
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Promulga Sheinbaum ingresos, nuevos impuestos y revisión de SAT a apps

Promulgó la presidenta Claudia Sheinbaum la Ley de Ingresos y las reformas al Código Fiscal, Ley de Derechos y Ley del IEPS que incluyen ingresos de 10 billones con nueva deuda de 1.77 billones los nuevos impuestos a bebidas, sueros y videojuegos violentos, así como la facultad al SAT para revisar plataformas digitales.

La tarde del viernes publicó el Gobierno de México los decretos aprobados por el Congreso de la Unión, ahora promulgados por la Presidenta:

  • La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026. Aquí.
  • Reformas y adiciones a Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Aquí.
  • Reformas, adiciones y derogaciones al Código Fiscal de la Federación. Aquí.
  • Reformas, adiciones y derogaciones a la Ley Federal de Derechos. Aquí.

¿Qué incluye?

Ley de Ingresos.

Ingresos por 10 billones 193 mil millones de pesos, donde los principales ingresos son:

  • 5.83 billones serán ingresos por impuestos.
  • 1.77 billones por endeudamiento neto.
  • 1.63 billones por venta de bienes, prestación de servicios y otros ingresos.
  • 641 mil millones por cuotas y aportaciones a la Seguridad Social.
  • 157 mil millones por derechos.
  • 203 mil millones por aprovechamientos. (multas, indemnizaciones, reintegros, etc.).
  • 232 mil millones del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.

Nuevos impuestos (IEPS).

Incremento al IEPS a refrescos normales y light. ($3.0818 por litro los normales y $1.50 por litro cuando contenga edulcorantes añadidos).

Nueva aplicación del IEPS a bebidas azucaradas como Boing o sueros tipo Electrolit ($3.08 por litro).

Nueva aplicación del IEPS a videojuegos violentos (8%).

SAT revisará aplicaciones.

La reforma al Código Fiscal de la Federación faculta al SAT para tener acceso permanente y revisar en tiempo real datos de plataformas de servicios digitales, esto incluye streaming (televisión por suscripción), chofer de taxi privado, comercio electrónico, páginas de test o ejercicios en línea y hasta aplicaciones de citas.

Esta facultad busca evitar la evasión fiscal.

Ahora el artículo 30-B del Código Fiscal dirá: “Los contribuyentes que proporcionen servicios digitales de conformidad con los artículos 1o.-A BIS y 18-B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, deberán permitir a las autoridades fiscales, en forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real únicamente a la información que permita comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales, que obre en sus sistemas o registros, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general”.

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